Efectivo Ahora: Cuándo y Cómo se Hace la Recategorización de Monotributo 2019

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Tras los cambios anunciando por las autoridades de AFIP, muchos han consultado cuándo y cómo se hace la recategorización monotributo en 2019. Lo cual es perfectamente lógico, ya que si bien el trámite que plantea AFIP para la recategorización de monotributo no es nuevo, lo que sí hubo fue novedades con respecto a las categorías y los límites. Lo primero que conviene destacar es que en esta oportunidad la recategorización para el monotributo presenta, al igual que en otras fechas, un límite temporal concreto, que es el día 21 de enero de 2019, día en que se concreta el vencimiento de la próxima recategorización.

En definitiva, ¿qué es la recategorización en el monotributo? Es un trámite que implica encuadrarse en otra categoría o “letra”, si corresponde, de acuerdo a la variación experimentada en los ingresos o gastos. Es decir, esta recategorización deberá hacerse de acuerdo a los ingresos brutos que hayan obtenido (o facturado) durante el último año (12 meses) los pequeños contribuyentes encuadrados dentro del régimen simplificado conocido como monotributo; y si los mismos contaran con un local comercial, deberán efectuar el trámite de categorización de acuerdo a la variación que hayan tenido en materia de gastos de consumo energético (electricidad) o bien de alquiler en el período enero-diciembre 2018.

Como concepto general, debe destacarse que sólo estarán obligados a recategorizarse aquellos pequeños contribuyentes que, en función de las modificaciones en sus ingresos o en sus gastos, les corresponda cambiar de “letra” (es decir, de categoría). Para el caso de los contribuyentes que no experimenten cambios que los encuadren dentro de otras “letras”, no tendrán que hacer ningún trámite. El único cambio que van a tener, es que a partir del mes de enero la cuota mensual tendrá un valor más elevado. Otro grupo de contribuyentes que no deberá efectuar la recategorización en monotributo será aquel cuya antigüedad de inscripción en este régimen simplificado no supere los 6 meses de inscripto en el régimen. Para el resto de los pequeños contribuyentes no contemplados en las dos excepciones antes señaladas, la recategorización de monotributo es obligatoria. En la página web de la AFIP pueden hallar el correspondiente instructivo que indica cómo hacer la recategorización para monotributo 2019, con una descripción por demás clara y paso a paso (también puede googlearse la búsqueda del instructivo para acceder de modo más veloz). Allí también hallarán las nuevas pautas para las cuotas que se deben abonar mes a mes de acuerdo a las nuevas escalas, sus valores -con los distintos conceptos desagregados (impuesto, aporte previsional y obra social)- y demás.

Recategorización Monotributo
En verdad, al ubicar el instructivo mencionado y seguir sus indicaciones, el trámite se vuelve sencillo y no presenta complicaciones. De hecho hasta ahora, contando con la información operativa detallada que entrega AFIP sobre cómo calcular el tema, nadie nos ha dicho que “no puedo hacer la recategorización del monotributo”. Es una operatoria sencilla. De hecho, el instructivo también indica cómo anualizar los ingresos para el monotributo. Naturalmente, cuando aparece cada nueva recategorización, siempre hay quien consulta “¿qué pasa si no hago la recategorización de monotributo?”. Y la respuesta en tal caso es que la persona (ya sea emprendedor o comerciante) o bien la cooperativa de trabajo en cuestión pasará a estar fuera de las exigencias previstas por la legislación tributaria, siendo pasible de recibir sanciones, llegado el caso. Debe tenerse en cuenta que la autoridad fiscal cuenta actualmente con herramientas para monitorear el nivel de actividad de los contribuyentes, con lo cual hay un mayor control por parte del organismo oficial.

AFIP Recategorización Monotributo
Hay que considerar que en esta oportunidad el incremento con respecto al año pasado para las categorías monotributo 2019 será de 28,46% para la suma impositiva fija, y lo propio ocurrirá con los límites de facturación previstos para cada escala. Entretanto, el aporte correspondiente a obra social, que antes se ubicaba en $536,35, ahora se situará en $689. Cabe recordar que los pagos mensuales tienen que efectuarse antes del día 20; de lo contrario comenzarán a regir intereses por esa cuota impaga. Considerando estas dos variables para las distintas categorías de monotributo, se puede sacar el dato de cuánto se paga. Pero esto no tiene demasiado sentido ya que la información de las nuevas cuotas para las diferentes categorías está detallada como decíamos en la web de la AFIP.

A la pregunta de: cuánto se cobra una recategoriación de monotributo? Hay que decir que el trámite es gratuito y puede hacerse de manera personal, sin recurrir a ningún gestor (porque como mencionamos anteriormente, es bastante sencillo). Por cualquier otra duda –como por ejemplo qué ocurre con la recategorización de monotributo fuera de término, consulte a los expertos de Efectivo Ahora!

Fuente: Efectivo Ahora

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